A juicio por contaminar la Cuenca Salí - Dulce

Enjuician al dueño de un frigorífico por contaminar la Cuenca Salí - Dulce

Fecha de Publicación
: 31/08/2012
Fuente: Tucumán Noticias
Provincia/Región: Nacional


Luego de un largo proceso llega a los estrados el caso por contaminación a la cuenca acuífera por parte de un frigorífico tucumano sin que se realzará tratamiento previo. La audiencia en tribunales federales comenzará a las 9.30
El propietario del frigorífico "La Barraca", instalado en Alderetes, Manuel Aarón Bliman, será sometido hoy a un juicio oral y público por contaminar las aguas del río Salí, que desemboca en el dique El Frontal, de Termas de Río Hondo, en Santiago del Estero.
El empresario, quien fue procesado en 2005 por el entonces responsable del Juzgado Federal II de Tucumán, Mario Racedo, es considerado presunto autor, penalmente responsable, del delito de contaminación ambiental con riesgo para la salud pública, previsto y penado por los artículos 55 y 57 de la Ley Nacional 24.051 (de Residuos Peligrosos).
Según el requerimiento fiscal de elevación a juicio, Bliman "habría vertido efluentes industriales, de los previstos en el anexo I y II de la Ley 24.051, sin tratamiento previo, de modo peligroso para la salud común de las personas, derivados de su actividad frigorífica, los cuales derivan finalmente en el río Salí".
La audiencia, que se iniciará a las 9.30, es un hecho histórico en materia de la lucha contra la contaminación en la región, puesto que por primera vez un industrial estará en el banquillo de los acusados, en un debate oral y público. Anteriormente, el Tribunal Oral Federal de Tucumán (TOF) realizó juicios abreviados contra el ex intendente de Concepción, Octavio Muedra, y contra el dueño de un sanatorio privado de Banda del Río Salí, también por contaminar la cuenca Salí-Dulce. En ambos casos, se fijaron multas y prisión en suspenso, por violaciones a la Ley de Residuos Peligrosos.
En el caso de Bliman, el artículo 55 de la Ley 24.051 prevé penas de 3 a 10 años de prisión a aquel que "envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, la atmósfera o el ambiente en general". Además, establece que si esa contaminación "fuera seguida de la muerte de alguna persona, la pena será de 10 a 24 años de reclusión o prisión".
En tanto, el artículo 57 de esa norma señala que cuando la contaminación "se hubiese producido por decisión de una persona jurídica, la pena se aplicará a los directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, administradores, mandatarios o representantes de la misma que hubiesen intervenido en el hecho punible, sin prejuicio de las demás responsabilidades penales que pudiesen existir".
El Tribunal que juzgará a Bliman está integrado por los jueces del TOF María Alicia Noli, Carlos Jiménez Montilla y Gabriel Casas. En representación del Ministerio Público Fiscal actuará Leopoldo Peralta Palma, mientras que la defensa será ejercida por  Próspero Barrionuevo (h)
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