Piden investigar la venta de agua a buques

Piden investigar la venta de agua a buques

Fecha de Publicación: 31/03/2011
Fuente: Once Noticias
Provincia/Región: Santa Fe



En el marco del día nacional de agua, la UNR mediante su observatorio del Agua, renuevan el pedido de investigación de la venta de agua cruda a los buques cerealeros.
El agua es imprescindible para el ser humano; sin ella le es imposible mantener su existencia.
Además, le es fundamental para la producción de alimentos, para transformarla en energía, para utilizarla en múltiples investigaciones, etc.
Luego de una declaración de Edgardo Quiroga en el marco del conflicto entre las cerealeras y la CGT regional San Lorenzo, la Universidad Nacional de Rosario, mediante su Observatorio del agua, elevó a la provincia de Santa Fe, un pedido de investigación por esta supuesta venta de agua cruda.
Hoy, 31 de Marzo, se festeja según la Resolución Ministerial 1630 del año 1970 , "Día Nacional del Agua" para estimular en todos los argentinos la conciencia en el uso de los recursos públicos hídricos de nuestra nación.
“Nosotros nos hicimos eco de esta grave denuncia, de que se está vendiendo y exportando agua desde el río Paraná, algo que técnicamente se denomina ´agua cruda´, y por eso es que hicimos este pedido de investigación ante el Ministerio del Agua de la Provincia”, dijo a Télam el abogado Aníbal Ignacio Faccendini, del Observatorio del Agua de la UNR.
“La venta de agua cruda a granel a los buques de carga por más de 4 millones de dólares al año”. Esta denuncia, se hizo pública en declaraciones del dirigente de la CGT Edgardo Quiroga mientras se mantenía una medida de fuerza delante los portones de las entidades portuarias.
“Lo que estamos pidiendo a la Provincia es que investigue y confirme o desestime esta denuncia, porque acá en todo caso se están vulnerando leyes, existe una apropiación indebida de dominio público, y se está violando un derecho humano, porque el agua no se puede vender”, agregó.
Según el Artículo 1 de la Ley Provincial Nro 13.036, prohíbe “la comercialización de agua dulce o potable a granel y sin tratamiento o proceso de ningún tipo del dominio originario de la provincia, de conformidad con el artículo 124 de la Constitución Nacional, que implique directa o indirectamente su exportación”.

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