Tres provincias prohibieron la venta de agua

En el país tres provincias prohibieron la venta de agua

Fecha de Publicación: 28/11/2009
Fuente: Territorio Digital
Provincia/Región: Santa Fe, Corrientes y Misiones


En al menos tres provincias del país se decidió la prohibición de la venta de agua potable a granel y el control estará a cargo de cada Estado provincial.
Se trata de los casos de Corrientes, Misiones y Santa Fe.
En el ejemplo de Santa Fe, el 12 de noviembre pasado y por unanimidad, la Cámara de Senadores sancionó una ley que establece una prohibición para la “comercialización de agua dulce o potable a granel y sin tratamiento o proceso de ningún tipo, obtenida de fuentes agotables superficiales o subterráneas”, y que sean “del dominio originario de la provincia”.
Esa iniciativa se sustenta en el “Artículo 124 de la Constitución Nacional, que implique directa o indirectamente su exportación”.
No obstante, se prevén dos excepciones: “razones humanitarias o de emergencia” y “ejecución de convenios suscriptos con la Nación, con otras provincias, regiones, estados u organismos internacionales”.
El autor del proyecto, el senador justicialista Ricardo Kaufmann, consideró que en el texto aprobado, que se votó en noviembre del año pasado en la Cámara Alta provincial y luego fue modificado por Diputados, se hicieron algunos cambios que ablandaron la norma, pero aclaró que es mejor tener una ley a no tenerla. La violación a las disposiciones de la ley “será penada con multas que serán graduadas y aplicadas por el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente”, por sumas que oscilan entre los 45.000 pesos (equivalente a 1.500.000 módulos tributarios) y los 4.500.000 pesos (150.000.000 módulos tributarios), “debiéndose considerar para tal graduación el daño ambiental provocado y el monto involucrado en la transacción”.

Protección
Mientras que en Corrientes, en la última sesión del período ordinario de la semana pasada el Senado de la provincia aprobó casi por unanimidad un proyecto del legislador Horacio Colombo, que intenta poner en resguardo el agua dulce que radica en territorio correntino.
El proyecto de Ley estipula que se prohíbe la comercialización y o venta al exterior del agua extraída de las napas subterráneas pertenecientes a la provincia de Corrientes. Con la decisión, que necesita del aval de Diputados, y luego la promulgación del Poder Ejecutivo, se pretende poner un freno a las extracciones del recurso hídrico que si bien es abundante, se afirma que a futuro escaseará.
Vicente Picó, senador del bloque que responde a Arturo Colombi, se abstuvo con el argumento de que debería ser autoridad de aplicación de la presente ley, el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (Icaa) o el organismo que lo reemplace en el futuro.
Por su parte, al momento de defender su iniciativa, Colombo explicó que este recurso como soporte de la actividad biosférica es renovable, pero limitado. “El 70% de la superficie terrestre está cubierta por agua, pero sólo el 2,5 por ciento del volumen total constituye el agua dulce y, de este porcentaje, el 70 por ciento se encuentra congelada en los casquetes polares”, aseveró. Indicó que estos porcentajes resultan aún más significativos si se tiene en cuenta que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) estima que el mundo precisará un 17 por ciento más de agua atento al crecimiento estimado de la población mundial. Por ello, afirmó, que ante la escasez del líquido apto para el consumo humano, se debe tomar conciencia y adoptar los recaudos necesarios para proteger la existencia de la misma.

Una sociedad estatal
Por otro lado, en la Legislatura misionera se aprobó la creación de “Aguas Misioneras Sociedad del Estado” (Amse). El ente se encargará de la captación, envasado, distribución y comercialización de las aguas subterráneas y del sistema Acuífero Guaraní. También de las aguas superficiales y pluviales de dominio público provincial que no tengan como destino el abastecimiento del servicio de agua potable de la población misionera.
La utilización de tales recursos deberá efectuarse teniendo en cuenta la protección ambiental, así como también el uso óptimo, sustentable, responsable y racional de los mismos.
En la norma se contempla que las utilidades de Aguas Misioneras Sociedad del Estado se destinen en un 45 por ciento al desarrollo de planes de obras e investigaciones destinadas al uso racional y sustentable del recurso hídrico provincial; otro 45 por ciento al Ministerio de Ecología, Recursos Naturales Renovables y Turismo; y un 5 por ciento para el fondo de reserva legal hasta completar el 20 por ciento del capital social, para luego redestinarse a las tareas de investigación mencionadas.

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