Siembra de soja en las islas

La Justicia entrerriana no intervendrá en la siembra de soja en las islas

Fecha de Publicación: 20/06/2009
Fuente: La Capital (Rosario)
Provincia/Región: Entre Ríos


La empresa holandesa Bema Agri adquirió en 2008 poco más de 8 mil hectáreas de islas en jurisdicción de Victoria y levantó terraplenes para proteger los sembradíos de oleaginosas.
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) desestimó la apelación de dos concejales que, en calidad de ciudadanos y a través de un amparo ambiental, pedían la intervención de los tribunales para el cese de la construcción de terraplenes, siembra y fumigación en unas 10 mil hectáreas de islas ubicadas dentro del ejido de esta ciudad, entre el río Paraná y los arroyos Estévez y Los Laureles.
Los magistrados de la Sala de Procedimientos Constitucionales, Carlos Alberto Chiara Díaz, Claudia Mizawak y Daniel Carubia, consideraron que la Justicia no es la vía de resolución del caso, sino que el propio municipio de Victoria cuenta con las herramientas suficientes para resolverlo. Por eso recomendaron que se vuelva “a las vías ordinarias, donde cuentan con un marco amplio de alegación”.
El mismo destino corrió unos días antes la apelación presentada por el Ejecutivo municipal de Victoria, que también se había dirigido a la Justicia para que tomara cartas en el asunto.
Cabe recordar que tanto la comuna como los concejales oficialistas Rodrigo Juárez y José Molla presentaron —con distintos argumentos— un recurso ambiental ante el Juzgado Civil y Comercial de esta ciudad.
Los expedientes derivaron en el Juzgado de Instrucción local, que consideró que la acción encabezada por los ediles no era la vía adecuada de reclamo, mientras que al recurso de la comuna lo calificó como extemporáneo. De allí que ambos denunciantes recurrieran al Superior Tribunal de Justicia, donde tampoco tuvieron éxito.
Sin autorización. La empresa holandesa Bema Agri adquirió en marzo de 2008 poco más de 8 mil hectáreas de islas del ejido victoriense y levantó imponentes terraplenes para proteger sembradíos de oleaginosas, con una inversión de unos 3,5 millones de dólares.
El emprendimiento se montó sin autorización de la comuna, que en vez de aplicar una serie de normas municipales que prohíben ese tipo de actividades en esa zona, derivó el caso al Gobierno provincial, que no tiene normas específicas para intervenir.
La amplia repercusión mediática movilizó al Concejo, que exigió al Ejecutivo que tome cartas en el asunto e incluso se reflotó un proyecto de ley antisiembra y fumigación en el humedal, el cual aún no prospera en la Legislatura entrerriana. A la inacción siguieron los infructuosos amparos, por lo que ahora “resta conocer qué va a hacer el Ejecutivo municipal al respecto, y veremos si realmente hay una decisión política, porque está visto que la Justicia le está dando instrucciones e instrumentos precisos para tomar cartas en el asunto”, concluyó el edil José Molla.

Regulado, avasallado y no explotado
De acuerdo a la ordenanza municipal urbanística Nº 2.472, el emprendimiento agrícola se encuentra ubicado en el "Suelo Delta (SL-3)" y en el apartado de "usos no admitidos" de su articulado especifica que está prohibida la "agricultura y actividades productivas industriales".
En tanto, la ordenanza Nº 1.787 establece que "todo emprendimiento en territorio de Islas del Paraná comprendido en el ejido municipal de la ciudad de Victoria, Entre Ríos, en lo que respecta a urbanización, construcción, modificación de la topografía del terreno, cursos de agua y alteración del ecosistema, quedará supeditada a la opinión del Honorable Concejo Deliberante, previa elevación por parte del Departamento Ejecutivo, con su correspondiente evaluación de factibilidad", lo cual no ocurrió en este caso.
Finalmente, la ordenanza Nº 2.185 declara como área natural protegida "a la zona de islas pertenecientes al ejido de la ciudad de Victoria, con límites definidos según la ley provincial Nº 8.855/94, y que se incorpore al Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas, conforme a lo establecido en la ley provincial N 8.967, en los artículos 11, 12 y 14", inclusión que no se cumplió hasta el momento.

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